Sociedad por Acciones Simplificada (SAS)
Una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es una compañía que puede ser constituida por una o varias personas, ya sean naturales o jurídicas, mediante un trámite simplificado y sin costo. Su objetivo es fomentar la economía mediante la formalización de los emprendimientos, permitiéndoles acceder al crédito y expandir sus procesos productivos.
Características Principales:
Constitución: Las SAS se constituyen ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), no ante el Registro Mercantil como otros tipos de compañías.
Accionistas: Puede tener uno o más accionistas.
Capital: No requiere un capital mínimo.
Actividades: Puede dedicarse a cualquier actividad mercantil, excepto aquellas reguladas por legislaciones específicas, como actividades financieras, del mercado de valores, seguros y otras que tengan un tratamiento especial según la ley.
Proceso de Constitución:
Para constituirla, al igual que cualquier otra compañía, el interesado debe reservar un nombre, a través del portal web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS).
Opciones de constitución:
1. Electrónica
2. Semielectrónica
3. Física
Requisitos para el Trámite:
Obligatorios:
- Reserva de denominación.
- Acto constitutivo o contrato constitutivo.
- Nombramiento(s) de Representante Legal.
- Petición de inscripción con la siguiente información:
- Tipo de solicitante
- Nombre completo
- Número de identificación
- Correo electrónico
- Teléfono convencional y/o celular
- Provincia
- Ciudad
- Dirección
- Copia(s) de cédula o pasaporte.
Especiales (para constitución electrónica o semielectrónica):
Certificados electrónicos de los participantes del proceso (accionistas y representantes). La firma electrónica debe estar en formato archivo; no se acepta TOKEN.
Fuente: https://www.supercias.gob.ec